La Ley de Igualdad Salarial para poner fin a la brecha entre hombres y mujeres es una de las propuestas anunciadas por Pedro Sánchez antes de prometer el cargo como nuevo presidente del Gobierno. Tras ser impulsada positivamente en países como Islandia, Alemania o Reino Unido, el PSOE se plantea como uno de sus objetivos la promulgación de una norma que ponga fin a la tan denunciada discriminación salarial de género, fuente de desigualdades a la hora de la jubilación.

No es ninguna novedad que el PSOE haya encabezado muchos de los hitos en materia de igualdad de la historia reciente de España. Así, el gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero promulgó en 2007 la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la Igualdad Efectiva entre Hombres y Mujeres, que defiende el pleno reconocimiento de la igualdad formal ante la ley. De este modo y, aunque la igualdad ya había sido enunciada de manera expresa en el terreno de las condiciones de trabajo y, especialmente del salario, en el artículo 35.1 de la Constitución Española, la norma impulsada por el Gobierno de Zapatero marcaba un antes y un después.

Así, en su artículo 5 exige la garantía de la igualdad de trato y de oportunidades en la retribución, tanto en el empleo público como en el privado; el artículo 14.2 impulsa la integración del principio de igualdad en el conjunto de las políticas económica, laboral, social, cultural y artística, con el fin de evitar la segregación laboral y eliminar las diferencias retributivas, así como potenciar el crecimiento del empresariado femenino en todos los ámbitos; el artículo 43 señala a la negociación colectiva como forma de favorecer el acceso de las mujeres al empleo y la igualdad de trato y no discriminación en las condiciones de trabajo entre mujeres y hombres; y el artículo 45 establece la obligación empresarial de adoptar medidas para evitar cualquier tipo de discriminación laboral, entre las que se encuentra la salarial, medida impulsada a empresas de más de 250 trabajadores, con la consecuente elaboración y aplicación de un plan de igualdad. Aun así, esta norma no cuenta con un más que necesario aparato sancionador.

El pasado 19 de febrero, la comisión permanente de la ejecutiva federal del PSOE presentó una proposición de ley para garantizar la igualdad en materia retributiva, que puede dar ciertas pistas sobre la dirección que podrá tomar el nuevo gobierno en esta materia. Así, en este texto se aboga por una mayor transparencia en las retribuciones que “puede ayudar a detectar sesgos en función del sexo de quienes ocupan ciertos puestos de trabajo y, con ello, eliminar discriminaciones por razón de sexo en los salarios de una empresa o de un sector en su conjunto”. De este modo, reconoce como un derecho individual que el trabajador pueda solicitar información salarial en cualquier empresa con independencia de su tamaño, sin perjuicio de que en aquellas empresas con representación unitaria (que puede existir con una plantilla de seis trabajadores) se complemente con el deber empresarial de suministrar información salarial, al menos anualmente, con los datos disponibles en su libro registro a los delegados de personal, el comité de empresa o los delegados sindicales.

Por otra parte, las empresas con al menos 250 trabajadores tendrán que elaborar auditorías salariales, instrumentos más completos, pues implican el examen o análisis de los factores que explican las diferencias retributivas que el libro registro de retribuciones medidas desagregadas por sexo muestra. En este punto en concreto, se estaba estudiando que este apartado se aplicase a compañías con un menor número de trabajadores.

Y lo más importante, a diferencia de la norma de 2007, en este caso sí se plantea un mecanismo sancionador que distingue entre infracciones graves como el no facilitar el libro registro salarial, no disponer de este documento o no cumplir con las obligaciones que en materia de planes de igualdad y auditorías salariales establece el Estatuto de los Trabajadores o el convenio colectivo que sea de aplicación; y muy graves si la empresa en cuestión no elabora o no aplica el plan de igualdad (incluido la auditoría) o lo hace pero incumpliendo manifiestamente los términos previstos.

Así, este mecanismo sancionador prevé para las infracciones graves multas que pueden ir desde un mínimo del 0,11% de la masa salarial de la empresa hasta un máximo del 0,70%; y para las infracciones muy graves, sanciones que irían desde el 0,71% al 1,30% de la masa salarial de la empresa.

Qué duda cabe que con la llegada del nuevo gobierno se abre un nuevo camino en materia de brecha salarial. Pero, para ello, Pedro Sánchez y su gobierno tendrán que abordar la necesaria reforma de la Ley Orgánica 3/2007, para la Igualdad Efectiva entre Hombres y Mujeres.

Ahora bien, la mera introducción de políticas no es suficiente para conseguir avances en materia de género. La igualdad no solo se consigue con eslóganes ni con leyes simbólicas. Hay que contar con el dialogo, la opinión y el compromiso de mujeres sindicalistas, politólogas, sociólogas y emprendedoras, así como con los órganos de representación de empresarios y trabajadores. ¡Habrá que estar atentas!

María Cano Rico

Periodista