Cuando hablamos de Gobernanza de la Tierra nos estaremos refiriendo a los procesos de toma de decisiones sobre el acceso y uso de la tierra y el territorio, esto implica relaciones de poder a todo nivel. Se trata, en definitiva, de ver quiénes pueden usar qué recursos, por cuánto tiempo y en qué condiciones, todo lo cual se plasman en leyes, políticas o en prácticas y costumbres que se van acentuando en las comunidades campesinas[1].

mujeres beneficiariasEn Perú existen 7.267 comunidades campesinas, contando las comunidades originarias de la sierra y la costa, así como las comunidades ribereñas ubicadas en la Amazonía. De todas ellas, 5.137 están reconocidas y tituladas, mientras que 1.111, a pesar de estar reconocidas, aún no cuentan con títulos de propiedad y faltan otras 1.019 comunidades por reconocer y titular[2]. Es importante señalar que, en todas estas comunidades, existe una organización comunal, pero que a su interior se asigna el uso de la tierra en parcelas familiares o individuales.

Dentro de este panorama, ¿cuál es la situación de las mujeres? En Perú, según el IV Censo Nacional Agropecuario del año 2012[3], existen 2.246.702 personas dedicadas a la actividad agropecuaria, de las cuales 691.921 son mujeres, que representan el 30,8%, en comparación a los hombres que son 1.554.781, lo que constituyen el 69,2%. Estas cifrDSCI0272as para el caso de las mujeres se han incrementado en un 100% en comparación a III CENAGRO de 1994. Esto es debido a que cada vez son más mujeres quienes vienen asumiendo las labores agrícolas en las comunidades por la migración de los varones en busca de nuevos campos laborales y, en el caso de las zonas alto andinas, por efectos del conflicto armado interno que vivieron entre 1980 y el 2000, donde murieron y/o desaparecieron muchos varones.

El IV Censo Nacional Agropecuario del año 2012[4] confirma que el 76,5% de productores y productoras en el país son propietarios de sus parcelas, de los cuales el 68,4% son hombres y el 31,6% son mujeres. En el promedio nacional, de cada 10 propietarios de tierra cerca de siete son hombres y tres son mujeres. Estas cifras nos muestras que, a pesar de que las mujeres trabajan la tierra no acceden a ellas como propietarias y, lo que es peor, no pueden decidir sobre el uso de las tierras comunales, en tanto que no tienen voz ni voto en las asambleas comunales, que es la instancia de toma de decisión comunal, porque no son consideradas comuneras calificadas.

Tanto la Ley General de DSCN0120Comunidades Campesinas Nº 24656 y su reglamento, así como los estatutos internos de las comunidades, señalan la igualdad de derechos y obligaciones entre comuneros y comuneras. Sin embargo, en la práctica, los funcionarios estatales y autoridades comunales han venido favoreciendo a los hombres para el acceso a los cargos directivos dentro de las comunidades porque han mantenido el concepto de que el hombre es el jefe de familia y que, por tanto, tienen derechos sobre la tierra. Los primeros otorgando la titularidad de los predios solo a los hombres, y los segundos otorgándoles el estatus de “comunero calificado” bajo el concepto de que son “jefes de familia”.

En un contexto de falta de titulación de los predios comunales, el incremento de la conflictividad social, la expansión de las empresas extractivas de minerales, hidrocarburos, la tala de bosques, entre otros recursos, y las normas dictadas desde el poder ejecutivo que promueven las inversiones privadas, se hace muy necesaria la participación activa de varones y mujeres para que defiendan sus derechos colectivos.DSCI0485 Algunas de las mujeres han manifestado que algunos dirigentes aceptan dinero de las empresas para que éstas puedan obtener la licencia social para el inicio de las actividades extractivas, lo cual es criticado duramente por las mujeres indígenas. En este escenario, es fundamental que las mujeres formen parte de las directivas de las comunidades y las organizaciones indígenas para que participen en la toma de decisiones sobre la tierra y el territorio. Ellas consideran que serán mejor cuidadoras de sus territorios.

En este marco, la Asociación Servicios Educativos Rurales y la Institución Manos Unidas, con el apoyo de la Junta de Andalucía, vienen desarrollando el proyecto ‘Mujeres indígenas y jóvenes ayacuchanas empoderadas ejerciendo sus derechos son protagonistas de los procesos de desarrollo en la provincia y región’, que contempla, entre otras acciones, el trabajo en diez comunidades campesinas donde se vienen realizando jornadas de DSCI0004sensibilización sobre la importancia de la participación igualitaria de las mujeres y de los varones en la gestión comunal. Asimismo, se viene llevando a cabo el Programa de capacitación sobre derechos humanos, liderazgo, derecho de la tierra, consulta previa y negociación. Luego
de todo ello, se brinda la asesoría técnica para la modificación de los estatutos comunales para que incorporen artículos donde se reconozcan a las mujeres como comuneras calificadas, para que tengan voz y voto en las asambleas. Por último, se realiza el acompañamiento en las asambleas comunales para la elección de las juntas directivas que se renuevan cada dos años, luego del cual se acompaña a las mujeres elegidas en cargos dirigenciales para que tengan un buen desempeño.

La experiencia no está libre de dificultades. Nos toca enfrentar el persistente machismo, reflejado en el hostigamiento y constante cuestionamiento a las caDSCI0231pacidades femeninas como autoridad, que suelen desmotivarlas en su rol actual y posibilidades futuras de ejercer otros cargos comunales. Esta situación genera temor en las mujeres para asumir los cargos, además de sufrir la
burla constante de los varones, varios de los cuales se resisten a que las mujeres asuman cargos dirigenciales.

A pesar de todo ello, de las diez comunidades con las que se viene trabajando, siete de ellas han logrado modificar sus estatutos, donde se incorporaron a las mujeres como comuneras calificadas, con derecho a voz y voto. Hasta la fecha, se cuenta con 490 mujeres reconocidas como comuneras calificas, de las cuales trece mujeres fueron elegidas como miembros en ocho juntas directivas comunales.

DSCI0294El reto que tenemos por delante es grande, ya que no sólo basta con el cambio de los estatutos, sino que, además, es necesario que las propias mujeres cambien de actitud frente a la asunción de roles dentro de su comunidad y esto al mismo tiempo no debe significar una sobrecarga en sus responsabilidades, muy por el contrario, requiere de una distribución equitativa de las tareas domésticas, de tal manera que las mujeres puedan ejercer con mayor tranquilidad sus funciones dirigenciales.

La gobernanza responsable de la tierra y el territorio implica pues que se promuevan el acceso equitativo a los recursos y que la toma de decisiones sobre los mismos, sea de manera transparente y participativa e inclusiva, es decir, donde no sólo los varones decidan, sino también las mujeres, y como bien lo señala Maximiliana Conde Jaulis, “Sí, las mujeres tenemos capacidad de decidir, son los varones que no nos permiten porque no somos comuneras calificadas” (Comunidad de Manzanayocc).

Raquel Reynoso Rosales

Presidenta de la Asociación Servicios Educativos Rurales

 Socia local de Manos Unidas en Perú

[1] FAO (2012): Directrices Voluntarias sobre la Gobernanza de la Tenencia. En Breve, Roma, FAO

[2] IBC, CEPES (2016): Directorio 2016 Comunidades Campesinas del Perú. SICCAM – Sistema de Información sobre Comunidades Campesinas del Perú, Lima, IBC, CEPES

[3] Para mayor información puede acceder a http://proyectos.inei.gob.pe/web/DocumentosPublicos/ResultadosFinalesIVCENAGRO.pdf

[4] Para mayor información puede acceder a http://proyectos.inei.gob.pe/web/DocumentosPublicos/ResultadosFinalesIVCENAGRO.pdf